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NORMATIVIDAD NUCLEOS DE DESARROLLO EducativO

Funciones de los Directores de Núcleo

Supervisión, información y gestión del territorio

Funciones de los Directores de Núcleo



 las funciones de los directores de núcleos educativos se centran en la coordinación territorial del servicio educativo, el acompañamiento a las instituciones del núcleo y la articulación con la Secretaría de Educación  de los Entes Territoriales Certificados


  

Articulación con la Secretaría e instituciones

· Servir de enlace entre la Secre



 las funciones de los directores de núcleos educativos se centran en la coordinación territorial del servicio educativo, el acompañamiento a las instituciones del núcleo y la articulación con la Secretaría de Educación  de los Entes Territoriales Certificados


  

Articulación con la Secretaría e instituciones

· Servir de enlace entre la Secretaría de Educación Certificadas y los establecimientos educativos: transmitir orientaciones, consolidar información y canalizar necesidades (recursos humanos, infraestructura, apoyo pedagógico). 

· Apoyar a rectores y equipos directivos en la planeación, seguimiento y evaluación de sus planes institucionales (PEI, planes de mejoramiento, matrícula, permanencia), de acuerdo con lineamientos establecidos. 

 

Dirección y Coordinación del Núcleo de Desarrollo Educativo

· La Ley 715 de 2001 redefinió la organización del servicio educativo alrededor de las entidades territoriales certificadas (departamentos, distritos y algunos municipios) y sus secretarías de educación, así como de los establecimientos educativos con sus directivos (rectores, directores rurales y coordinadores).

· Coordinar en su territorio la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos educativos definidos por la Secretaría de Educación, garantizando coherencia entre las instituciones del núcleo. 

· Orientar y hacer seguimiento a los procesos académicos, administrativos y de convivencia escolar de las instituciones adscritas al núcleo, promoviendo el mejoramiento continuo de la calidad.    

 

Normatividad Nucleos Educativos: Decreto 1246 de 1990;  haciendo clic a continuación puedes descargarlo; 


https://drive.google.com/file/d/1JaSX7XjmqMdqLUaaW4HeWaDfTO_NQcrx/view?usp=drive_link


Por el cual se adopta el sistema de nuclearización para la administración de la educación 


 


Inspección y Vigilancia

Supervisión, información y gestión del territorio

Funciones de los Directores de Núcleo

 Decreto 4710 de de 2008;  haciendo clic a continuación puedes descargarlo: https://drive.google.com/file/d/16Ij0EwjMdTd8Fr3_TpTIdckGt83i1W-9/view?usp=drive_link


Por medio del cual se fijan criterios para la organización de apoyo que prestan las entidades territoriales certificadas a los establecimientos educativos mediante los núcleos edu

 Decreto 4710 de de 2008;  haciendo clic a continuación puedes descargarlo: https://drive.google.com/file/d/16Ij0EwjMdTd8Fr3_TpTIdckGt83i1W-9/view?usp=drive_link


Por medio del cual se fijan criterios para la organización de apoyo que prestan las entidades territoriales certificadas a los establecimientos educativos mediante los núcleos educativos u otra modalidad de coordinación adoptada      



El marco legal de inspección y vigilancia del servicio educativo en Colombia se fundamenta en la Constitución (art. 67), la Ley 115 de 1994, el Decreto 907 de 1996 


Soporte constitucional


La Constitución Política establece que el Estado ejerce la suprema inspección y vigilancia de la educación para garantizar calidad, cumplimiento de fines formativos, cobertura, acceso y permanencia de los estudiantes. Esta función busca asegurar la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos y la protección reforzada de los derechos de los niños.


Ley 115 de 1994


La Ley General de Educación regula el servicio público educativo y desarrolla el mandato del artículo 67, definiendo organización, niveles y responsabilidades. En ella se asignan funciones de inspección y vigilancia al Estado para velar por el cumplimiento de la ley y reglamentos, evaluar la prestación del servicio y apoyar el mejoramiento institucional.

Decreto 1860 de 1994 y Decreto 907 de 1996


El Decreto 1860 de 1994 delega en el Ministerio de Educación Nacional la suprema inspección y vigilancia del servicio educativo, desarrollada luego por el Decreto 907 de 1996. el cual precisa conceptos, niveles de competencia (nación, departamentos, distritos y municipios) y mecanismos, indicando que la función se ejerce mediante evaluación con apoyo de un cuerpo técnico de supervisores. 


Se adjunta el Decreto 907 de 1996; haciendo clic a continuacion puedes descargarlo

https://drive.google.com/file/d/1wHrNohs-pufxLHWTvEHyXQuonjeowLWK/view?usp=drive_link










  

Supervisión, información y gestión del territorio

Supervisión, información y gestión del territorio

Supervisión, información y gestión del territorio

 

Competencias de entidades territoriales

De acuerdo con la Ley 115, la Ley 60 de 1993 y el Decreto 907, gobernadores y alcaldes ejercen inspección y vigilancia directamente o a través de las secretarías de educación. En el ámbito territorial, esta función se concreta en operaciones de asesoría, supervisión, seguimiento, evaluación y contro

 

Competencias de entidades territoriales

De acuerdo con la Ley 115, la Ley 60 de 1993 y el Decreto 907, gobernadores y alcaldes ejercen inspección y vigilancia directamente o a través de las secretarías de educación. En el ámbito territorial, esta función se concreta en operaciones de asesoría, supervisión, seguimiento, evaluación y control sobre instituciones oficiales y privadas, para educación formal y educación para el trabajo y el desarrollo humano.


Finalidad y alcance de la inspección


 La inspección y vigilancia se orienta a garantizar el cumplimiento de mandatos constitucionales y legales, asegurar calidad, cobertura, pertinencia y condiciones para la formación integral de los estudiantes. También busca garantizar acceso y permanencia, atender quejas ciudadanas, y verificar la ejecución de políticas, planes y programas educativos nacionales y territoriales.   


· Acompañar y verificar el cumplimiento de normas educativas, procedimientos de matrícula, promoción, evaluación y manejo de la información oficial dentro del núcleo educativo  asignado. 


· Identificar problemáticas y potencialidades del territorio (cobertura, deserción, infraestructura, clima escolar) y reportarlas a la Secretaría para la toma de decisiones, participando en planes de acceso, cobertura y permanencia. 


Como autoridad educativa, puede explicarse que el director de núcleo actúa como un gestor territorial de la política educativa, que acompaña y articula a varias instituciones de una zona, municipios  o territorio asignado


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